Ley 533_A

GobiernoAdministrativa - Desastre Natural
Número de Edición533_A
Fecha de Publicación 4 de Mayo de 1983

LEY DE 9 DE FEBRERO DE 1983 533-A

DR. HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley;

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Declárase al país en estado de emergencia nacional debido a las catástrofes naturales, ocurridas en el territorio de la República.

ARTICULO SEGUNDO

Dispónese que el Gobierno de la Nación concurra con todos sus medios en auxilio de las zonas afectadas por las catástrofes naturales.

ARTICULO TERCERO

El Poder Ejecutivo solicitará la cooperación que corresponda a la Organización de las Naciones Unidas, a la Organización Mundial de la Salud, a la Cruz Roja Internacional y otros organismos internacionales.

Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.

La Paz, 4 de febrero de 1983.

Fdo. Julio Garrett Aillón, Fdo. Samuel Gallardo Lozada, Héctor Hormachea Peñaranda, Luis Añez Alvarez, Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

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