Ley 3779

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición3779
Fecha de Publicación 4 de Diciembre de 2007

LEY Nº 3779

LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Primero. Declárase Patrimonio Histórico de la Nación al Regimiento de Caballería 7 “CHICHAS”, ubicado en la ciudad de Tupiza, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, en justo homenaje y reconocimiento a las actuaciones heroicas, en defensa de la Soberanía Nacional.

Artículo Segundo. El Personal militar deberá portar en el brazo izquierdo rodeando la parte superior de su respectiva insignia, la leyenda “LA PATRIA A LOS VENCEDORES DE TUPIZA”.

Artículo Tercero. El Poder Ejecutivo, la Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Tupiza, elaborarán y ejecutarán políticas de preservación, conservación y difusión en el marco legal cultural vigente.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable...

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