Ley 3778

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Cultural
Número de Edición3778
Fecha de Publicación 4 de Diciembre de 2007

LEY Nº 3778

LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Primero. Declárase Patrimonio Cultural e Histórico de Bolivia, al Edificio del Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros de Siglo XX, ubicado en el Municipio de Llallagua, Provincia Rafael Bustillos del Departamento de Potosí.

Artículo Segundo. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Culturas, la Prefectura del Departamento de Potosí y el Municipio de Llallagua, deberán elaborar políticas de preservación y conservación de este Patrimonio Cultural e Histórico de Bolivia.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil siete años.

Fdo. José...

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