Ley 575

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición575
Fecha de Publicación26 de Octubre de 1983

LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1983 No. 575

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Vituy-Vinto de la jurisdicción de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, con su capital Vituy de Umala, que comprende las comunidades de Tolerani, Yacariri, Villa Cairi y las estancias Iroca, Jikhi Tanca, Yorohxo y Punata, cuyos límites son los siguientes: al norte con el Cantón Umala; al sur con la Provincia Pacajes; al este con el Cantón Kopani y al oeste con el Cantón Chacarilla de la Provincia Villarroel, así como cruza por este límite el Río Desaguadero.

ARTICULO SEGUNDO.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la delimitación del Cantón Vituy-Vinto. Levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,octubre 5de 1983.

H. Julio Garrett Aillón...

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