Ley 573

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición573
Fecha de Publicación26 de Octubre de 1983

LEY DE 19 DE OCTUBRE DE 1983 No. 573

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Chuncarcota de Machaca, de la jurisdicción de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, con su capital del mismo nombre que comprende las Comunidades Wilcalla, Chuchucamaya, Chijlla-Collo, San Pedro y Colchacollo, cuyos límites son los siguientes: al norte con la República del Perú; al Sur con el Cantón San Andrés de Machaca; al este con el Cantón Aguallamalla y al oeste con el Cantón Laquinamaya.

ARTICULO SEGUNDO.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6o del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950 queda encargado de efectuar las delimitaciones del Cantón Chuncarcota de Machaca, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años.

H. Julio...

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