Ley 1812

GobiernoInternacional - Cooperación
Número de Edición1812
Fecha de Publicación19 de Diciembre de 1997

LEY Nº 1812
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DE C R E T A:

ARTICULO UNICO.- De conforiidad al Artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo entre la República de Bolivia y la República Argentina para la Cooperación entre la Policía Nacional de Bolivia y la Gendarmería Nacional Argentina, suscrito en la ciudad de La Paz, a los 19 días del mes de noviembre de 1996.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina...

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