Ley 1815

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición1815
Fecha de Publicación19 de Diciembre de 1997

LEY No 1815

LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Préstamo y su Enmienda suscritos entre la República de Bolivia y la Corporación de Crédito para Mercancías, por un monto total de DIEZ MILLONES DE DOLARES AMERICANOS, ($us. 10.000.000.-) destinados a financiar la compra de 65.000 toneladas métricas de productos Agrícolas.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio...

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