Ley 127

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición127
Fecha de Publicación13 de Diciembre de 1961

LEY No. 127.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D ECRETA:

Artículo único.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, ceder con carácter gratuito a la Federación de Campesinos de Yacuiba, departamento de Tarija, un lote de 2.628 m2., perteneciente al Comando de Ejército, con destino a su sede social, ubicado en la localidad de Yacuiba, sobre la calle Santa Cruz y entre los inmuebles de los señores Amado Urzagaste y Hugo Colosetti, el mismo que no presta ninguna utilidad pública.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 16 de noviembre de 1961.

(Fdo.) Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional.- E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Fernando Ayala...

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