Ley 1740

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1740
Fecha de Publicación23 de Enero de 1997

LEY Nº1740

LEY DE 23 DE DICIEMBRE DE1996

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Autorízase la enajenación de terrenos municipales en las condiciones, superficies, listas de beneficiarios, precios y otros, que señala la Ordenanza Municipal Nº 931/91 de 19 de marzo de 1991 de la H. Alcaldía Municipal de la ciudad capital de Cochabamba, cuyos términos se homologa en ejercicio de la atribución 7ºa., del artículo 59º de la Constitución Política del Estado.

Remítase al Poder ejecutivo para fines constitucionales

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 18 de diciembre de 1996.

Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Horacio Torres...

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