Ley 187

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Distribucion De Ingresos
Número de Edición187
Fecha de Publicación26 de Noviembre de 1962

LEY NUMERO 187

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Destínase el 80%del pago del impuesto sucesorio de la testamentaria de Edelmira Chalima, a la reparación del edificio de la Escuela de Niñas de Santa Ana de Yacuma del departamento Beni.

Artículo 2º

La recaudación total del impuesto mencionadoserá depositado en la Agencia del Banco Agrícolade Bolivia y administradospor el Comité de Obras Públicas de Santa Ana.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,1ºde octubrede 1962.

Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional.- Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados.-Eduardo Ochoa, Senador Secretario.-Humberto Valverde G., Senador Secretario.- Stanley Gamberos, Diputado Secretario.-Hugo Suárez G., Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la...

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