Ley 171
Gobierno | Penal - Sustancias Controladas |
Número de Edición | 171 |
Fecha de Publicación | 7 de Febrero de 1962 |
LEY DE 10 DE ENERO DE 1962
VICTOR PAZ ESTENSSORO
Presidente Constitucional de La República
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL
Decreta:
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El opio bruto y opio medicinal en todas sus formas;
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Los alcaloidesderivados del opio;
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Los sucedáneosde la morfina,
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La cocaína bruta y sus derivados,
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La ecgonina
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El cáñamo índico y sus preparaciones galénicas.
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Los preparados medicinales y no medicinales derivados de los alcaloides anteriormente enumerados
El que fuerade los casos legalmente permitidos, se dedicare a la elaboración completa o incompleta al comercioo suministro de estupefacientes, será sancionado con presidiode tres a diez años y multa de diez a cien millones de bolivianos,que beneficiaráen un 70 %al denunciante y el 30% restante será destinado al Ministerio de Salud Pública, para el establecimiento de casas especializadas de salud para enfermos de este tipo de intoxicaciones.
Elque estuviere en posesión de estupefacientes y no justificare el haberlos obtenido legalmente, será sancionado con presidio de tres a cinco años.
El que suministrare a sabiendas local o instalaciones destinadas a elaboración, trafico, suministro o uso ilegítimos de estupefacientes sufrirá las sanciones establecidas en el artículo 2º.
La pena de presidio establecida en los artículos anteriores se aumentará en una mitad:.
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Si los delitos fueren cometidos por funcionarios públicos que tuvieran la misión de vigilar , prevenir o reprimir las actividades ilegales relativas a estupefacientes,
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Si los cometieren integrantes de bandas y Asociaciones ilícitas dedicadas a elaborar, traficar o suministrar estupefacientes;
c) Si los estupefacientes se suministraren a menores de edad, enfermos mentales o a quienespor condicionesde subordinación o por vínculos de familiase hallaren en situación de ser fácilmenteinducidos al uso de tales drogas.
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Siel suministro se hiciere a personas de las cuales se espera obtener determinados beneficios o a las que se pretendiere inducir a cometer actos ilícitos o inmorales,
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Si el delito fuera cometido por profesionalesde especialidades médicas o por quiendesempeñare accidentalmente, sin ser profesional medico, funciones similares;
f) Si con ocasión de los delitos previstos en los...
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