Ley 3695

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3695
Fecha de Publicación14 de Junio de 2007

LEY Nº 3695

LEY DE 28 DE MAYO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se instruye a la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), la ejecución de los estudios de evaluación de daños y deterioro de la carretera Tarija-Bermejo, como así también de su preservación y complementación de obras. Los estudios deberán ser remitidos a las instancias pertinentes para asumir las acciones respectivas, como la inmediata licitación pública de las obras para la construcción de las mismas.

ARTÍCULO 2. Para el cumplimiento del Artículo 1, se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, al Ministerio de Hacienda y a la Administradora Boliviana de Carreteras, procedan a la conciliación de adeudos que mantiene la Prefectura con el Tesoro General de la Nación, con el objeto de financiar los estudios y obras de construcción con cargo al presupuesto Prefectural, en la proporcionalidad de 30% la Prefectura y el 70% la Administradora Boliviana de Carreteras.

ARTÍCULO 3. Se instruye a la Prefectura del Departamento de Tarija, en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Administración y Contratación de Bienes y Servicios...

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