Ley 3693

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición3693
Fecha de Publicación14 de Junio de 2007

LEY Nº 3693

LEY DE 28 DE MAYO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF), por la suma de hasta CATORCE MILLONES 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us. 14.000.000.-), destinados a financiar el Proyecto “Puentes Trillizos”.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil siete años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo...

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