Decreto Ley 4285

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Tierra
Número de Edición4285
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1955

31 de Diciembre

DECRETO LEY Nº 4285

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

CONSIDERANDO:

Que es necesario acelerar la formalización legal del nuevo derecho agrario en la dotación de unidades económicamente productivas a los campesinos de acuerdo a las disposiciones del Decreto Ley número 3464 de 2 de agosto de 1953;

Que la experiencia adquirida hasta el presente muestra la urgente necesidad de aplicar nuevos procedimientos en la primera instancia del proceso de ejecución de la Reforma Agraria.

En Consejo de Ministros,

DECRETA:

Artículo 1°— Se crea, en las Provincias Omasuyos y Los Andes del departamento de La Paz y Cercado y Quillacollo del departamento de Cochabamba, a partir del 1º de enero de 1956, Juntas Agrarias Móviles, compuestas por un Abogado, un Secretario, dos cartógrafos, diez o más topógrafos y una fracción del Servicio de Seguridad Rural. El Abogado será el Jefe de la Junta.

Artículo 2°— Quedan suprimidas las Juntas Rurales en los distritos donde funcionen las Juntas Agrarias Móviles y las funciones atribuídas a aquellas en los artículos 31, 32 y siguientes hasta el 44 inclusive del Decreto Supremo 3471 serán cumplidas por las Juntas Agrarias Móviles, con plenitud de facultades para atender y tramitar las denuncias de afectación, dotación o de inafectabilidad.

Artículo 3°— Los procesos de afectación, dotación e inafectabilidad pendientes ante las Juntas Rurales en los distritos donde funcionen las Juntas Agrarias Móviles les serán remitidos para la prosecución de los trámites respectivos, con arreglo a los preceptos del Decreto Supremo número 3471.

Artículo 40— Las Juntas Agrarias Móviles de acuerdo con el artículo 2° del presente Decreto, podrán afectar de oficio las propiedades que aún no estuvieren con procedimiento de afectación y proseguir las causas ya en vía conciliatoria o contenciosa, hasta el estado de elevar el proceso con el informe en conclusiones antes mencionado.

Artículo...

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