Ley 305

GobiernoAdministrativa - Expropiación Inmueble
Número de Edición305
Fecha de Publicación 8 de Abril de 1964

LEY NUMERO 305

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble situado en la calle Sucre esquina Potosí de la ciudad de Santa Cruz, de propiedad de la señora Cora Osuna de Frenkins, con destino a las Escuelas "Neptalí Sandoval", "Germán Busch" y "24 de Septiembre", debiendo imputarse el valor al presupuesto del Ministerio de Educación .

Artículo 2º

La Prefecturadel Departamento tramitará el proceso correspondiente.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para losfines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,6 de diciembre de 1963.

(Fdo.)José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O., Presidente de la H.Cámara deDiputados.- Ismael Olivares, Senador Secretario.-Octavio Rivadeneira, Senador Secretario.- Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.- Germán Claros, Diputado Secretario.

Por...

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