Ley 313

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Otros
Número de Edición313
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

14 de noviembre

LEY Nº 313.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1°.- En el fundo del Ejército denominado "Iñiguazo" que se halla en las inmediaciones de Itau (provincia del Gran Chaco, del Departamento de Tarija), se organizará una estancia para la crianza de ganado vacuno, ovino, caprino, porcino, caballar, mular, aves de corral y otras, para el abastecimiento del Ejército Nacional.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa Nacional en el Presupuesto de cada gestión económica consignará la suma de UN MILLON DE BOLIVIANOS durante cinco años para la organización y funcionamiento de dicha hacienda, militar.

Remítase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 8 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Manuel Balcázar.- (Fdo.) Lucio Lanza Solares.-...

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