Ley 738

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición738
Fecha de Publicación28 de Mayo de 1985

LEY DE 15 DE ABRIL DE 1985

No 738

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase el Cantón Victorio Lanza, Segunda Sección de la Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, con su capital Irupana; el nuevo Cantón tendrá los siguientes límites: Al Norte con el Cantón Villa Barrientos y la Provincia Nor Yungas; al Sur con la Provincia Loayza; al Este con la Provincia Inquisivi y al Oeste con los cantones Tajna y Lasa, de la Provincia Sud Yungas.

ARTICULO 2º.- En conformidad con el Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la delimitación, levantamiento del plano y fijación los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional...

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