Ley 4090

GobiernoAdministrativa - Servicio De Riego
Número de Edición4090
Fecha de Publicación 2 de Septiembre de 2009

LEY Nº 4090

LEY DE 21 DE AGOSTO DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad regional, la construcción e implementación del Sistema de Riego “La Cueva”, en beneficio de las comunidades de; La Cueva, Quisana Tojlasa, El Centro, Yuquita y Pueblo Bajo del Municipio de Culpina, Segunda Sección de la Provincia Sud Cinti del Departamento de Chuquisaca.

Artículo 2. El Órgano Ejecutivo mediante las instancias pertinentes, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca y el Municipio de Culpina, quedan a cargo de la preinversión, gestión de recursos económicos y la ejecución del proyecto, referido al primer artículo de la presente Ley.

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de julio de...

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