Ley 899

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Agua
Número de Edición899
Fecha de Publicación28 de Noviembre de 1986

LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1986

N° 899

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

ELCONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1°. - Declárase de prioridad y urgencia así como de necesidad y utilidad públicas la elaboración del diseño y la subsiguiente canalización del río Tupiza en los sectores aledaños que afectan tanto a la ciudad como a las tierras laborales ubicadas en los márgenes de dicho río.

ARTICULO 2°. - Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos (SENAC) y a la Corporación de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), la elaboración del diseño final de la canalización mencionada.

ARTICULO 3°. - Concluido el proyecto definitivo el Servicio Nacional de Caminos (SENAC) y la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), procederán bajo su exclusiva responsabilidad a la realización de los trabajos de la canalización del río Tupiza.

ARTICULO 4°. - Para los trabajos especificados en los artículos segundo y tercero de la presente ley, se autoriza al Poder Ejecutivo gestionar los empréstitos nacionales e internacionales que fueren...

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