Ley 1867

GobiernoInternacional - Cooperación Cultural
Número de Edición1867
Fecha de Publicación22 de Junio de 1998

LEY No 1867

LEY DE 15 DE.JUNIO DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59, Atribución l2a de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre la República de Chipre y la República de Bolivia, firmado en La Paz, el 3 de Diciembre de 1993.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio...

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