Ley 149

GobiernoAdministrativa - Expropiación Inmueble
Número de Edición149
Fecha de Publicación17 de Enero de 1962

No. 149. LEY DE 30 DE DICIEMBRE DE 1961.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D ECRETA:

Artículo 1º - Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de un lote de terreno de 1.000 m2. de superficie, de propiedad del Sr. Carlos Vivado, situadoentre la plaza y la avenidacostanera del cantón de San Pablo de Tiquina, con destino a la construcción de un comedor popular y la Casa de Gobierno.

Artículo 2º - La Prefectura del Departamento de La Paz, cancelará el valor de esta expropiación con fondos de su presupuesto anual.

Artículo 3º - La Prefectura del Departamento de La Paz tramitará el juicio de expropiacióncorrespondiente.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,15 dediciembrede 1961.

(Fdo.)Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional.- Edil Sandoval Morón,Presidente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR