Ley 2597

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Deportiva
Número de Edición2597
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2003

LEY N° 2597

LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional, la construcción del nuevo Hospital de Segundo Nivel, en la primera Sección Municipal de Puerto Rico en el Departamento de Pando.

ARTICULO 2°.- La Prefectura de Pando, en un plazo no mayor a seis meses, deberá realizar los estudios de preinversión del Proyecto del nuevo Hospital de Puerto Rico.

ARTICULO 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, la realización de gestiones para la construcción y equipamiento del Hospital Regional de Segundo Nivel.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien...

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