Ley 1503

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1503
Fecha de Publicación15 de Noviembre de 1993

LEY Nro. 1503

LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 1993

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Machacamarca de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, con las siguientes comunidades: ANTIPAMPA, HUANUKOLLU, TARUJAMARCA, IMILLA IMILLA, CALA CALA Y VILAQUE, todas de la Provincia Aroma.

ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con el Cantón Kollpa Khuchu Belén de la Provincia Aroma, al Sud con la Provincia Gualberto Villarroel, al Este con el Cantón Germán Busch y al Oeste con el Cantón Lahuachaca de la Provincia Aroma.

ARTICULO TERCERO.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con el Art. 6 del D.S. de 5 de diciembre de 1950 queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondientey fijar los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR