Ley 3054

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3054
Fecha de Publicación19 de Mayo de 2005

LEY DE 13 DE MAYO DE 2005

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

CARLOS D. MESA GISBERT

DECRETA:

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de mayo de dos mil cinco años.

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, René Gómez García Palao.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil cinco años.

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LEY Nº 3054

ARTICULO 2º.- La Prefectura del Departamento de Tarija, otorgará los recursos necesarios, para que a través del Servicio Departamental de Caminos se proceda a la conservación y mantenimiento de las rutas mencionadas en el Artículo precedente, en coordinación...

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