Ley 2744

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2744
Fecha de Publicación28 de Junio de 2004

LEY N° 2744

LEY DE 28 DE MAYO DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional y nacional, la ejecución plena de los proyectos y presupuestos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.

ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento para incrementar los recursos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil cuatro años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR