Ley 3226

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3226
Fecha de Publicación 7 de Noviembre de 2005

LEY N° 3226

LEY DE 12 DE OCTUBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad municipal la construcción del puente vehicular sobre el Río Sunuyo, ubicado en el Municipio de Uncía, de la Provincia Bustillo del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2. El Municipio de Uncía de la Provincia Bustillo en coordinación con la Prefectura del Departamento de Potosí, quedan encargados de gestionar el financiamiento para su ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR