Ley 3492

GobiernoInternacional - Ambiental
Número de Edición3492
Fecha de Publicación27 de Octubre de 2006

LEY N° 3492

LEY DE 17 DE OCTUBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad con el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela en materia de Reforestación Productiva", suscrito en la ciudad de La Paz, el 26 de mayo de 2006.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de octubre de dos mil seis años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar...

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