Ley 3615

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Salud
Número de Edición3615
Fecha de Publicación30 de Marzo de 2007

LEY Nº 3615

LEY DE 12 DE MARZO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Declárase de prioridad nacional, la construcción y equipamiento de un Hospital de Segundo Nivel en “La Pampa de la Isla”, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

ARTÍCULO 2. Se dispone que el Poder Ejecutivo busque financiamiento nacional e internacional para la construcción del Hospital de Segundo Nivel en “La Pampa de la Isla”, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

ARTÍCULO 3. El Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en coordinación con el SEDES, deberá realizar los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño final del Proyecto del nuevo Hospital de Segundo Nivel en “La Pampa de la Isla”.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho...

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