Ley 1358

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1358
Fecha de Publicación16 de Noviembre de 1992

LEY Nro. 1358
LEY DE 15 DE OCTUBRE DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:


EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el cantón CASA GRANDE, en la jurisdicción de la Provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí, comprendiendo dentro de su jurisdicción a las comunidades: OJITO DE AGUA, REQUISITA, OKHETHOLA, CUESTA CHAQUI; SAN LUCAS, CERRO BLANCO, OIDOR y CASA GRANDE.

ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva creación son: al norte con el cantón Mojinete; al sud con el cantón Guadalupe; al este con la República de la Argentina y al oeste con el cantón Guadalupe.

ARTICULO TERCERO.- De conformidad con el Art. 6to. del D. S. No. 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de fijar los hitos correspondientes.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.


Sala de Sesiones del Honorable...

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