Ley 4147

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición4147
Fecha de Publicación13 de Enero de 2010

LEY Nº 4147

LEY DE 31 DE DICIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF), el 10 de noviembre de 2009, por la suma de hasta $us. 42.600.000,-(CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a apoyar el financiamiento del Programa Especial de Insumos Para Proyectos Viales- PEIVI.

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de diciembre de dos mil nueve años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Velíz...

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