Ley 2895

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2895
Fecha de Publicación11 de Noviembre de 2004

LEY N° 2895

LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Se declara prioridad nacional la construcción de la carretera doble vía, la Guardia - El Torno, en el Departamento de Santa Cruz.

ARTICULO 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Hacienda, se gestionen los recursos para la concreción de esta obra.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick...

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