Ley 2896

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Degradación- Recuperación Ambiental
Número de Edición2896
Fecha de Publicación11 de Noviembre de 2004

LEY N° 2896

LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase en emergencia el Bosque Seco Chaqueño, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, por la permanente sequía y el proceso de desertificación que se registra por el mal uso de suelos y de los recursos naturales.

ARTICULO 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo, realizar los estudios biofísicos e hidrológicos del Bosque Seco Chaqueño, para el uso y manejo sostenible de sus recursos naturales.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte...

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