Ley 435

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición435
Fecha de Publicación11 de Diciembre de 1968

LEY N° 0435

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Créase la quinta sección municipal de la provincia Litaral del Departamento de Oruro con su capital la Esmeralda, con jurisdicción sobre los cantones Belén, Characollo,- Miraflores y Romero Pampa, sus límites son: Al Norte Provincia Litoral y Carangas, al sur Cantones Pacariza, Sabaja y Chipaya de la provincia Atahuallpa, al este Provincia Carangas, al este Yunguyo y Florida de la provincia Litoral.

ARTICULO SEGUNDO

De conformidad con el artículo 6° del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, el instituto Geográfico Militar se hará cargo de la correspondiente delimitación.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 30 de octubre de 1968.

Fdo.- Manfredo Kempff Mercado

Presidente del H. Senado Nacional.

Fdo.- Oscar Ortíz Avaroma

Senador Secretario.

Fdo.- Germán Vargas Martínez

Diputado Secretario.

Fdo.- Franz Ondarza Linares

Presidente de la H. Cámara de Diputados.

Fdo.- Alberto Salcedo Pisarroso

Iván Angulo Flores

Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Lel de la República.

Palacio de Gobierno de la...

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