Ley 3985

GobiernoAdministrativa - Capitalía
Número de Edición3985
Fecha de Publicación 2 de Enero de 2009

LEY Nº 3985

LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase a la región subtropical de Alto Beni, como capital del “Cacao Orgánico” de Bolivia.

Artículo 2. El Poder Ejecutivo y la Prefectura del Departamento de La Paz, a partir de la promulgación de la presente Ley, quedan encargados de promover la producción, industrialización, comercialización y exportación del Cacao Orgánico, lo que permitirá generar mayores ingresos económicos a las familias dedicadas a la producción de este grano en la región de Alto Beni.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil ocho años.

Fdo. José Villavicencio...

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