Ley 3982

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3982
Fecha de Publicación 2 de Enero de 2009

LEY Nº 3982

LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental la construcción del Puente Colque Amaya, sobre el Río Desaguadero, ubicado entre el tramo caminero Lahuachaca - Papel Pampa, Segunda Sección Municipal de Papel Pampa de la Provincia Gualberto Villarroel del Departamento de La Paz.

Artículo 2. La Prefectura del Departamento de La Paz, a partir de la promulgación de la presente Ley, es la responsable de incorporar dentro de su Plan Operativo Anual, la asignación de recursos económicos necesarios para la ejecución de la mencionada obra.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil...

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