Ley 3981

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3981
Fecha de Publicación 2 de Enero de 2009

LEY Nº 3981

LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y provincial la construcción del Corredor Turístico “El Lago”, que comprende los cantones Copancara, Huarina, Huatajata, Soncachi, Chua Cocani, Chua Visalaya, Compi, Tauca, Janckoamaya y Kalaque de la Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz.

Artículo 2. La Prefectura del Departamento de La Paz y los Gobiernos Municipales de la Provincia Omasuyos, gestionarán el financiamiento para los estudios de preinversión y ejecución del Proyecto indicado en el artículo 1.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil...

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