Ley 276

GobiernoCivil Y Familiar - Civil.
Número de Edición276
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

26 de octubre

LEY Nº 276.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1°.-El empréstito de VEINTE MILLONES DE BOLIVIANOS a que se refiere la Ley 23 de diciembre de 1949, será destinado exclusivamente a la construcción del Palacio de Justicia, en su actual local situado entre la calle "Sucre'" y la Avenida "'San 'Martín" de la ciudad de Cochabamba y a la expropiación de las propiedades limítrofes necesarias para dicha construcción.

Artículo 2°.-Mientras se contrate el empréstito, los administradores señalados por el artículo 3° de la citada ley, podrán emplear los fondos ya recaudados por la Oficina de Im­puestos Internos:

a)en llamamiento a propuestas para la confección de planos con premios prudenciales.

b)en adquisición de materiales de construcción, artículos sanitarios y otros, que por imperio de esta ley, quedan liberados de derechos aduaneros.

Artículo 3°.-Se declara la necesidad y utilidad para la expropiación de las propiedades contiguas al Palacio de Justicia de Cochabamba, pertenecientes a Fermín Galvarro, María Villarroel y María Leonor Beltrán, debiendo sujetarse los trámites a las formalidades establecidas por...

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