Ley 564

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición564
Fecha de Publicación 3 de Octubre de 1983

LEY DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1983 No 564

Dr. Hernán Siles Zuazo

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Créase el Cantón Irpuma Irpa Grande de la jurisdicción de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, que comprende las comunidades de Irpuma, Jekeri, Toncopujio, Hilchuraya Grande.

ARTICULO SEGUNDO

Cuyos límites son los siguientes: al norte con el Cantón Chacoma Irpa Grande, al sud con Toncopujio, al este con Hichuraya Grande y al oeste con Iquire.

ARTICULO TERCERO

El Instituto Geográfico Militar, en conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del Cantón Irpuma Irpa Grande, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos correspondientes.

Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres años.

Regístrese, comuníquese y archívese.

H. Julio Garrett Aillón, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. Gualberto Claure Ortuño, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Luis Añez Alvarez, SENADOR SECRETARIO.- H. Heberto Castedo Lladó, SENADOR SECRETARIO.- H. Federico Alvarez Plata P...

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