Ley 3395

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición3395
Fecha de Publicación25 de Mayo de 2006

LEY N° 3395

LEY DE 17 DE MAYO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRE TA:

ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional la ejecución de la limpieza y dragado de lodo y otros de la Represa de Tacagua N° 2 que se encuentra en la Localidad de Tacagua - Challapata de la Provincia Avaroa del Departamento de Oruro.

ARTICULO 2. Se encomienda al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios del área y la Prefectura del Departamento de Oruro, presupuestar recursos económicos y gestionar financiamiento externo para su ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos dias del mes de mayo de dos mil seis años.

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge Aguilera Bejarano...

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