Ley 382

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Liberaciones Aduaneras
Número de Edición382
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

23 de noviembre

LEY No 382

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único.—Se hacen extensivos en favor de las Provincias Nor Lípez y Daniel Campos, los efectos de la Ley de 20 de diciembre de 1949, que libera de todo derecho de importación a las provincias Sud Lípez y Carangas, de los Departamentos de Potosí y Oruro, respectivamente, de artículos destinados exclusivamente al consumo y trabajo agrícola de sus habitantes.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 10 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcazar. (Fdo.) L. Lanza Solares. (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario. (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador...

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