Ley 293

GobiernoAdministrativa - Educativa
Número de Edición293
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

11 de noviembre

LEY Nº 293.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Escuela de Artes y Oficios en San Ignacio de Moxos, la que funcionará en el local construido para tal fin por el Servicio Cooperativo Interamericano.

Artículo 2°.- Desde el año 1951 la Escuela Nocturna atendida por la Parroquia de San Ignacio pasará a depender del Estado, debiendo ser atendida por cuatro preceptores.

Artículo 3°.- Se consignará en el Presupuesto de Educación del año 1951 las partidas correspondientes.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Manuel. Balcázar.- (Fdo.) Lucio Lanza Solares.- (Fdo.) Carlos López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery...

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