Ley 296

GobiernoAdministrativa - Subasta De Inmuebles
Número de Edición296
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

11 de noviembre

LEY Nº 296

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorizase a las Alcaldías Municipales de Vallegrande, Comarapa y Trigal, del Departamento de Santa Cruz, vender en pública subasta los terrenos que son de su propiedad, que no sean utilizados por las propias Comunas o con fines de beneficencia.

Artículo 2°.-El producto de estas ventas será utilizado por las respectivas Alcaldías en la atención del servicio de aguas potables.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador...

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