Ley 302

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición302
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

11 de noviembre

LEY Nº 302.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo único.- Habiéndose construído el Colegio Secundario "Antonio Vaca Diez" de la ciudad de Cobija, con fondos propios del Departamento Pando, y faltando la suma de Quinientos mil bolivianos (Bs. 500.000.-) para su terminación, se destina dicha suma de Quinientos mil bolivianos, imputable a los fondos del impuesto adicional con destino a construcciones escolares, sobre venta de giros internacionales. La remesa será efectuada al Subtesoro de Cobija, en la presente gestión económica, a efecto de evitar el deterioro de la obra realizada.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza...

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