Ley 303

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Distribucion De Ingresos
Número de Edición303
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

11 de noviembre

LEY Nº 303.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, para retirar de la cuenta "Fondos Especiales" del Tesoro General de la Nación, la cantidad de Bs. 179.475.30, correspondientes a impuestos devengados cobrados por la Dirección General de Impuestos Internos, en el Capítulo "Dirección General de Vialidad" y con destino a los trabajos del camino carretero Sorata-Mapiri, de acuerdo a la Ley de 28 de noviembre de 1931.

Artículo 2°.-Dichos fondos se destinan a los trabajos de prosecución del camino Sorata-Quiabaya, por Tintilaya.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml Balcázar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.)...

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