Ley 1849

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición1849
Fecha de Publicación17 de Abril de 1998

LEY No 1849
LEY DE 7 DE ABRIL DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley,

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se declara de necesidad nacional la construcción de] nuevo edificio de la Cinemateca Boliviana, ubicada en la calle cap.Ravelo y RosendoGutiérrez de la ciudad de La Paz, destinada a la exhibición cinematográfica, a tareas de investigación, formación, preservación y servicios de interés público en este campo de actividad cultural.

ARTICULO SEGUNDO.- Se encomienda al Poder Ejecutivo, la búsqueda de asignación y desembolso de recursos necesarios para la oportuna conclusión de la obra gruesa, supervisión, obra fina y saldo del equipamiento de acuerdo al presupuesto de la Fundación de la Cinemateca Boliviana.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de¡ Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de marzo...

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