Ley 4085

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición4085
Fecha de Publicación20 de Agosto de 2009

LEY Nº 4085

LEY DE 4 DE AGOSTO DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. Declárase rutas departamentales de competencia prefectural por ser considerados de "propiedad regional", los tramos camineros:

Cañaviri - Cantón Rió Mulato Khari,

Chilahuala - Chacarilla,

Puente Chilahuala -Papelpampa,

Lahuachaca - hasta el límite departamental del camino

a la localidad de Chuquichambi (Oruro).

Pertenecientes a las Provincias Gualberto Villarroel y Aroma del Departamento de La Paz, que servirán para impulsar el desarrollo del Departamento de La Paz.

Artículo 2. Para cumplir con esta promoción, la Prefectura del Departamento de La Paz, en coordinación con los municipios involucrados y el respaldo del Tesoro General de la Nación, debe tomar las previsiones necesarias en su Presupuesto Operativo Anual, que le permitan su ejecución.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho...

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