Ley 3517

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Salud
Número de Edición3517
Fecha de Publicación24 de Noviembre de 2006

LEY N° 3517

LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, a través de administración directa, la readecuación y construcción del Centro de Salud Integral "Carlos Coro Mayta" en el inmueble ubicado en la calle Sagárnaga y 8 de Mayo, Distrito N° 4, de la zona San Cristóbal de la ciudad de Potosí, y por un monto total de Bs. 589.343,51 (Quinientos Ochenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Tres 51/100 Bolivianos), con recursos propios de la Prefectura de Potosí provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos que están previstos en la Partida 57100 "Incremento de Caja y Bancos" del Presupuesto aprobado para la presente gestión.

ARTICULO 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Potosí, a realizar la inscripción en el Presupuesto General de la Nación de la presente gestión, del proyecto referido en el artículo precedente, en coordinación con el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo y el Ministerio de Hacienda, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Remítase al Poder...

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