Ley 751

GobiernoAdministrativa - Presupuestaria
Número de Edición751
Fecha de Publicación28 de Mayo de 1985

LEY DE 30 DE ABRIL DE 1985

No 751

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Asignase la cantidad de seiscientos millones de pesos bolivianos ($b. 600.000.000.-), para la atención de los damnificados y familiares del desastre ocurrido el 5 de abril de los corrientes en la localidad de Cliza, provincia Jordán del departamento de Cochabamba, con cargo a los recursos de la partida 711 del Ministerio de Finanzas.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 11 de abril de 1985.

Fdo.Julio Garrett A., Samuel Gallardo L., Luis Añez A., LuisPelaez R., Guido...

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