Ley 3794

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición3794
Fecha de Publicación14 de Diciembre de 2007

LEY Nº 3794

LEY DE 13 DE DICIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 12°, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Convenio Marco entre la República de Bolivia y la República Popular de China sobre el Crédito Preferencial que China otorga a Bolivia”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 8 de agosto de 2007.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil siete años.

Fdo. Carlos Raúl Böhrt Irahola, Edmundo Novillo Aguilar, Tito...

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