Ley 2939

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2939
Fecha de Publicación28 de Enero de 2005

LEY Nº 2939

LEY DE 13 DE ENERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase la transferencia de terrenos a título oneroso de propiedad del Estado, administrados por la Empresa Nacional de Ferrocarriles en favor del Servicio Nacional de Caminos, para la construcción del Camino Pavimentado "Llallagua- Bombo- Huanuni" en los sectores afectados directamente.

ARTICULO 2º.- El nuevo tramo Llallagua- Bombo- Huanuni, ahora parte de la Ruta F-6 de la Red Vial Fundamental de Bolivia, su administración quedará a cargo del Servicio Nacional de Caminos, en observancia al D.S. Nº 25134.

ARTICULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo mediante las instancias pertinentes, el gestionamiento y agilización de la transferencia de los terrenos.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete...

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